San Juan, PR – 6 de febrero de 2024 – La Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico emitió hoy la siguiente declaración:
El Plan de Ajuste para reducir el total de sobre $10 mil millones en reclamaciones presentadas contra la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE) en aproximadamente un 80% identifica ciertas leyes, normas y reglamentos sobre los que prevalece PROMESA.
La prevalencia no significa que esas leyes, normas o reglamentos vayan a ser invalidados o modificados en su totalidad. La prevalencia significa que en la medida en que ciertas leyes, normas y reglamentos del Gobierno de Puerto Rico, o partes de las mismas, sean inconsistentes con las obligaciones de la AEE bajo la reestructuración de la deuda, y por lo tanto inconsistentes con PROMESA, el Plan predominará. La prevalencia se limita a lo que sea suficiente para la implementación del Plan de Ajuste.
El Plan no anula la Ley 17-2019, no impide la transición de la generación de energía de la AEE a fuentes de energía renovable, según se define en la Ley 17, y no pretende prevalecer ante la autoridad de fijación de tarifas del Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR). El Plan establece específicamente que el NEPR debe aprobar el Cargo Heredado a tenor de la Ley 17. Según la legislación vigente de Puerto Rico, las tarifas eléctricas de la AEE deben ser suficientes para permitirle cumplir con sus obligaciones, incluyendo los pagos de la deuda significativamente reducida.
Hay ciertas disposiciones de la Ley 101-2020 sobre las que el Plan prevalece en la medida en que sujetan la emisión de bonos por la AEE bajo el Plan a la aprobación de entidades distintas a la Junta de Supervisión como representante de la AEE en los procedimientos bajo el Título III de PROMESA. Hay ciertas disposiciones de la Ley 4-2016 sobre las que el Plan prevalece en la medida en que se relacionan con acuerdos de reestructuración entre la AEE y ciertos acreedores antes de que la AEE iniciara los procedimientos bajo el Título III de PROMESA.
Hay ciertas disposiciones de la Ley 106-2017 sobre las que el Plan prevalece en la medida en que afecten el sistema de retiro de la AEE. En virtud del Plan, la AEE proveerá financiamiento para pagar a los retirados todos los beneficios de pensión devengadas hasta la fecha de entrada en vigor del Plan, y los empleados activos pasarán a cuentas de contribución definida. Se congelará el sistema de pensiones de beneficios definidos de la AEE y se eliminarán los ajustes por costo de vida.
El Plan es una importante victoria para el pueblo de Puerto Rico, pues reduce los pagos de principal e intereses a los acreedores financieros de unos $20,000 millones, según las reclamaciones presentadas, a unos $5,000 millones. El sistema energético de Puerto Rico no puede mejorar plenamente si la AEE está en quiebra. El Plan provee una vía para dar fin a la quiebra de la AEE.
La AEE seguirá siendo una empresa de servicios públicos sostenible, continuará las inversiones críticas y completará la transformación del sistema energético de Puerto Rico para suministrar energía confiable y apoyar el crecimiento económico y la estabilidad fiscal de Puerto Rico.